Introducción
Introducción
El proceso de contratación pública constituye el eje central mediante el cual las entidades del Estado satisfacen sus necesidades de bienes, servicios y obras para el cumplimiento de sus fines institucionales. En la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, este proceso es concebido no solo como una sucesión de actos administrativos, sino como un sistema ordenado de etapas interrelacionadas que buscan asegurar eficiencia, transparencia y valor público en el uso de los recursos estatales. En ese sentido, el artículo 45 lo define como un conjunto de etapas, procedimientos y actividades que deben ser observados de manera integral y coherente por las entidades contratantes.
La norma establece que el proceso de contratación se estructura en tres fases claramente diferenciadas: actuaciones preparatorias, selección y ejecución contractual. Cada una de estas fases cumple una función específica dentro del ciclo de la contratación pública y responde a objetivos propios, aunque estrechamente vinculados entre sí. Por ello, el adecuado entendimiento de estas etapas resulta fundamental tanto para los operadores del sistema como para los proveedores y estudiosos del derecho de las contrataciones públicas. En esa línea, en el presente artículo desarrollaremos cada una de estas fases y la interconexión existente entre ellas, sin perjuicio de profundizar en cada una en futuras publicaciones.
Fase de actuaciones preparatorias
La fase de actuaciones preparatorias constituye el punto de partida del proceso de contratación pública y tiene como finalidad principal asegurar que la entidad contratante identifique adecuadamente su necesidad y defina la mejor forma de satisfacerla. En esta etapa se desarrollan actividades de carácter técnico, presupuestal y administrativo que permiten sustentar la decisión de contratar, garantizando que esta responda a criterios de necesidad, eficiencia y racionalidad del gasto público. Su correcta ejecución resulta determinante para el éxito de las fases posteriores del proceso.
En ese contexto, durante las actuaciones preparatorias, la entidad realiza el análisis de necesidades, la definición del objeto de contratación y la determinación de las características técnicas o términos de referencia del bien, servicio u obra requeridos. Asimismo, se evalúan aspectos como la disponibilidad presupuestal, el valor estimado o referencial y la modalidad de contratación más adecuada conforme a la normativa vigente. Desde un enfoque preventivo, esta fase busca reducir riesgos de ineficiencia, sobrecostos o controversias futuras en la ejecución contractual.
Desde una perspectiva doctrinaria, esta etapa se vincula con el principio de planificación, entendido como la obligación de las entidades de anticipar y organizar sus contrataciones de manera ordenada y estratégica. Una actuación preparatoria deficiente puede comprometer la legalidad y viabilidad del proceso de selección. En consecuencia, la Ley Nº 32069 la concibe como un espacio clave para la toma de decisiones informadas y técnicamente sustentadas.
Fase de selección
La fase de selección tiene por objeto identificar y elegir al proveedor que ofrezca las mejores condiciones para satisfacer la necesidad previamente determinada por la entidad contratante. En esta etapa se desarrollan los procedimientos mediante los cuales se convoca, evalúa y adjudica la contratación. De este modo, la selección constituye el núcleo competitivo del proceso de contratación pública.
En desarrollo de esta fase, la entidad aplica el procedimiento de selección que corresponda según la naturaleza, monto y características del objeto contractual. Se establecen las reglas del proceso, los criterios de evaluación y los mecanismos de calificación de los postores. Así, se garantiza que la decisión final se adopte sobre la base de criterios objetivos y previamente definidos.
Desde una perspectiva doctrinaria, la fase de selección materializa el principio de mérito y eficiencia en la contratación pública. Cualquier desviación en esta etapa puede afectar la confianza de los proveedores y generar cuestionamientos sobre la imparcialidad del proceso. Por ello, la Ley Nº 32069 refuerza su importancia como mecanismo de asignación eficiente de recursos públicos.
Fase de ejecución contractual
La ejecución contractual es la fase en la que se materializan los derechos y obligaciones asumidos por las partes como consecuencia de la adjudicación del contrato. En esta etapa, el proveedor cumple con la prestación del bien, servicio u obra, mientras que la entidad supervisa, otorga conformidad y efectúa el pago correspondiente. En consecuencia, es la fase en la que el proceso de contratación genera efectos reales para la entidad y la ciudadanía.
Durante esta etapa, se desarrollan actividades de control, seguimiento y verificación del cumplimiento contractual, incluyendo la gestión de plazos, calidad, penalidades y modificaciones cuando corresponda. Esta fase exige una actuación diligente por parte de la entidad. De lo contrario, una gestión inadecuada puede generar perjuicios económicos, retrasos o controversias.
Desde el punto de vista doctrinario, la ejecución contractual se vincula con el principio de eficacia, en tanto busca satisfacer la necesidad pública de manera oportuna y adecuada. La Ley Nº 32069 reconoce esta fase como parte integrante del proceso. En ese sentido, se reafirma que la responsabilidad de la entidad no culmina con la adjudicación, sino con la culminación y liquidación del contrato.
Conclusión
El artículo 45 de la Ley Nº 32069 establece una concepción integral del proceso de contratación pública, estructurándolo en tres fases claramente definidas e interdependientes. A través de esta estructura, se entiende la contratación como un ciclo continuo que inicia con la planificación, se desarrolla con la selección y se materializa en la ejecución contractual. En conjunto, esta articulación permite asegurar eficiencia, transparencia y generación de valor público.
Desde una perspectiva analítica, el éxito de la contratación pública no depende de una sola fase, sino de la correcta articulación de todas ellas. Esta visión integral facilita la identificación de riesgos, responsabilidades y oportunidades de mejora en cada etapa del proceso. En ese sentido, el artículo 45 se posiciona como una norma base para una gestión contractual moderna, coherente y orientada a resultados.








