Introducción
La estandarización de requerimientos en las contrataciones públicas constituye un pilar fundamental para garantizar la eficiencia, transparencia y calidad en la adquisición de bienes, servicios y obras por parte del Estado. En el Perú, la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (LGCP), promulgada el 24 de junio de 2024 y vigente desde el 22 de abril de 2025, fortalece y amplía los mecanismos de estandarización introducidos por la anterior Ley Nº 30225, asegurando que las entidades del Estado cuenten con instrumentos claros y objetivos para formular y ejecutar sus procesos de compra. Entre estos instrumentos, las fichas de homologación cobran especial relevancia, pues permiten uniformizar especificaciones técnicas, términos de referencia y condiciones de ejecución contractual de manera obligatoria para todas las entidades, independientemente del monto de la contratación.
Conociendo ello, es pertinente abordar el marco normativo que regula la estandarización bajo la nueva LGCP, al igual que su proceso en la realización de fichas de homologación o fichas técnicas. También se realizará un análisis al organismo Perú Compras, el cual se dedica a crear, administrar y recopilar las fichas mencionadas, a través de sus Directivas y portal web.
La Ley N° 32069 y el proceso de estandarización
La Ley N.º 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (LGCP), establece un nuevo paradigma en el régimen de adquisiciones estatales, incorporando diversas innovaciones orientadas a maximizar el valor de los recursos públicos y a fortalecer la transparencia en cada etapa del proceso de contratación. Dentro de estas innovaciones, la estandarización de requerimientos adquiere un rol preeminente, pues se concibe como un proceso que uniformiza las características técnicas, términos de referencia, requisitos de calificación y condiciones de ejecución contractual de los bienes, servicios y obras que contrata el Estado.
El artículo 42 de la Ley N° 32069 define la estandarización de requerimientos como:
“42.1 (...) el proceso realizado para uniformizar los términos de referencia, especificaciones técnicas, requisitos de calificación o condiciones de ejecución contractual de los bienes, servicios, u obras, según corresponda; así como para identificar la naturaleza de los bienes y servicios con el propósito de determinar su estandarización”.
Dicho proceso debe sustentarse en argumentos técnicos y/o económicos que justifiquen la decisión de estandarizar y se materializa en la elaboración de dos instrumentos principales: la ficha técnica y la ficha de homologación, los cuales son de uso obligatorio para todas las entidades contratantes, con independencia del monto de la contratación, salvo excepciones previstas en el reglamento.
El Reglamento de la Ley Nº 32069, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, desarrolla el procedimiento de estandarización en sus artículos 259 al 266. El artículo 259 dispone que dicho proceso puede ser conducido por Perú Compras (para la generación de fichas técnicas) o por los ministerios (para la generación de fichas de homologación), finalizando en la aprobación de la ficha respectiva. Asimismo, el artículo 260 establece la obligatoriedad de uso de las fichas técnicas y de homologación a partir del día hábil siguiente de su publicación en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas (PLADICOP), siempre que no se haya convocado el procedimiento de selección correspondiente.
Según el artículo 260.1 del Reglamento, las entidades contratantes están obligadas a verificar en PLADICOP si su requerimiento se encuentra incluido en alguna ficha técnica o ficha de homologación vigente, y, en caso afirmativo, deben reproducir íntegramente las especificaciones de dicha ficha en sus documentos de contratación. De igual modo, el requerimiento cuyo contenido total o parcial esté estandarizado no puede ser modificado por la entidad contratante ni emplearse factores de evaluación que impliquen alterar aspectos estandarizados.
Adicionalmente, el artículo 260.5 subraya que la obligatoriedad del uso de estos instrumentos se extiende incluso a los procesos excluidos del ámbito de la LGCP o sujetos a regímenes especiales de contratación, así como a las contrataciones de servicios de alquiler, paquetes de compras o proyectos de inversión en cuya formulación se incluyan requerimientos estandarizados. Esta amplitud busca garantizar que todos los procesos estatales se rijan por criterios técnicos objetivos y por la transparencia en la formulación de requerimientos, reduciendo el riesgo de direccionamiento y promoviendo la competencia efectiva.
Perú Compras, el organismo de la estandarización
El artículo 259.3 del Reglamento delega a Perú Compras la promoción del proceso de estandarización, priorizando aquellos requerimientos de uso masivo, frecuente o estratégico, así como su impacto en el gasto público. Por su parte, el artículo 266 indica que los ministerios, en el marco de su rectoría para diseñar, establecer, ejecutar y supervisar políticas nacionales, están facultados para estandarizar requerimientos mediante el proceso de homologación, sujeto a la directiva aprobada por Perú Compras.
Por lo tanto, Perú Compras juega un rol dual: administra y actualiza los listados de fichas técnicas y de homologación (art. 259.2), provee asistencia técnica a los ministerios, emite directivas y lineamientos (art. 259.4) y fiscaliza el cumplimiento del uso de los instrumentos de estandarización. En paralelo, los ministerios asumen responsabilidad directa en la identificación de requerimientos a homologar, la conformación de equipos especializados, la elaboración de proyectos de fichas de homologación y la obtención de la opinión favorable de Perú Compras para su aprobación definitiva.
El proceso de estandarización
La estandarización de requerimientos comprende un conjunto de etapas claramente definidas, cuyo objetivo último es elaborar instrumentos normativos (fichas técnicas o de homologación) con especificaciones objetivas y precisas. A continuación, se describe el proceso de homologación (a cargo de los ministerios) y cómo interactúa con la generación de fichas técnicas por parte de Perú Compras.
Se divide en las siguientes fases:
- Planificación multianual: Cada ministerio debe elaborar y actualizar un Plan Multianual de Homologación (PMH) con un horizonte de tres años, aprobado mediante resolución ministerial, el cual establece metas anuales y fechas estimadas para iniciar los procesos de homologación de requerimientos de uso estratégico, masivo o recurrente. Dicho plan debe publicarse en Pladicop y en la sede digital del ministerio dentro de los cinco días hábiles siguientes a su aprobación, así como comunicarse a Perú Compras. Durante el último trimestre de cada año, los ministerios aprueban sus PMH e incluyen obligatoriamente los requerimientos priorizados por la Dirección General de Abastecimiento (DGA) del Ministerio de Economía y Finanzas, según resolución directoral. La autoridad de gestión administrativa del ministerio es responsable de publicar, modificar, realizar el seguimiento y monitorear el PMH, remitiendo avances a Perú Compras cuatrimestralmente.
- Conformación del Equipo de Homologación: Cada ministerio forma uno o más Equipos de Homologación, aprobados mediante resolución ministerial por un periodo de tres años. El mínimo requerido para cada equipo incluye: (i) Un representante del órgano de línea (coordinador), (ii) Un representante de la máxima autoridad de gestión administrativa, y (iii) Un especialista técnico del área usuario o proyecto adscrito, con experiencia en el rubro del requerimiento que se pretende homologar.
- Elaboración del proyecto de Ficha de Homologación: Una vez identificado el requerimiento en el PMH, el Equipo de Homologación dispone de un plazo máximo de veinticinco (25) días hábiles para formular el proyecto de la Ficha de Homologación, relacionándolo de manera coherente, clara, objetiva y organizada, conforme al formato establecido en la Directiva N.º 003-2025-PERÚ COMPRAS (“Formato de Ficha de Homologación”). Si el ministerio considera viable una homologación parcial, deberá indicarlo explícitamente en el “Resumen de la Descripción General” de la ficha, con la leyenda “Homologación parcial del requerimiento”. Perú Compras toma conocimiento del inicio de la formulación y proporciona asistencia técnica durante todo este proceso.
- Publicación del proyecto de Ficha de Homologación: El ministerio, a través de su organismo público correspondiente, solicita simultáneamente a Perú Compras y a otras entidades (OECE, sede digital ministerial) la publicación del proyecto en PLADICOP, la sede digital del ministerio y de Perú Compras, por un período mínimo de veinte (20) días hábiles, con el fin de recibir comentarios, recomendaciones u observaciones de los interesados (sector privado, usuarios, otros organismos). El plazo se computa desde el día hábil siguiente a la publicación en PLADICOP. Para ello, el ministerio debe adjuntar el archivo digital en PDF, el cronograma de exposición y un correo institucional para recibir insumos y observaciones.
- Evaluación de comentarios y modificaciones: Dentro de los quince (15) días hábiles posteriores al vencimiento de la etapa de publicación, el ministerio evalúa todos los comentarios, recomendaciones u observaciones recibidas, utilizando la “Matriz de evaluación de comentarios, recomendaciones u observaciones” (Directiva Nº 003-2025-PERÚ COMPRAS). Con base en sus conclusiones, el ministerio puede modificar el proyecto de la ficha, generar proyectos derivados o suprimirlo parcialmente, siempre con fundamentos técnicos o legales debidamente sustentados. Dichas modificaciones no obligan la reformulación del PMH.
- Solicitud de opinión a Perú Compras: Una vez concluidas las actividades previas (formulación, publicación, evaluación y modificaciones), el ministerio presenta a Perú Compras el Expediente de Solicitud de Opinión, compuesto por: (i) Oficio suscrito por la autoridad de gestión administrativa solicitando opinión, (ii) Proyecto de Ficha de Homologación, (iii) Informe técnico sustentatorio, donde se detalla la denominación del ministerio, justificación técnica y económica, alcance, condiciones de ejecución, criterios de calificación, análisis del mercado, entre otros.
- Generación de fichas técnicas por Perú Compras: De manera paralela, Perú Compras es responsable de gestionar y actualizar los listados de fichas técnicas para bienes y servicios considerados “comunes” (aquellos con más de un proveedor en el mercado, diferenciados solo por precio y con características homogeneizadas), los cuales se contratan preferentemente mediante Subasta Inversa Electrónica. Según el artículo 264 del Reglamento, una ficha técnica contiene las características técnicas generales y/o específicas de un bien o servicio común, no admitiendo modificaciones, y debe incluirse en las bases del respectivo procedimiento de selección. La publicación del proyecto de ficha técnica sigue un procedimiento similar al de la ficha de homologación: publicación en PLADICOP y en la sede digital de Perú Compras durante veinte (20) días hábiles para recibir comentarios, evaluación, solicitud de opinión a Perú Compras y aprobación final. Una vez vigente, su uso es obligatorio para las entidades, salvo en casos excepcionales de riesgo de competencia insuficiente o impedimento técnico debidamente sustentado.
Una vez aprobada y publicada en PLADICOP y en el Diario Oficial El Peruano, la ficha de homologación es de uso obligatorio para todas las entidades contratantes, con independencia del monto de contratación e incluso si se rigen por regímenes especiales. El artículo 260.5 del Reglamento señala que las fichas de homologación no pueden ser modificadas por las entidades contratantes; cualquier alteración implicaría incurrir en causal de nulidad de oficio y en posibles responsabilidades administrativas. De igual modo, el artículo 30 del Reglamento de la Ley N.º 30225 (vigente hasta abril de 2025) establecía obligaciones similares relativas al uso obligatorio de fichas de homologación por las entidades, aun cuando no estuvieran sujetas directamente a la Ley de Contrataciones del Estado.
Los cambios de la estandarización con respecto a la antigua Ley N° 30225
La Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, vigente entre 2014 y abril de 2025, instauró por primera vez el mecanismo de homologación de requerimientos a través de su artículo 17 Con la LGCP (Ley Nº 32069), se introduce una reformulación sustantiva de ese proceso, ampliando su alcance y clarificando aspectos procedimentales. A continuación, se contrastan algunas disposiciones clave:
- Base legal y definiciones: En la antigua Ley N° 30225, los ministerios estaban facultados para uniformizar requerimientos mediante un proceso de homologación, debiendo elaborar y actualizar un Plan de Homologación de Requerimientos conforme a disposiciones del OSCE (hoy Perú Compras). Una vez aprobadas las fichas, su uso resultaba obligatorio para entidades bajo el ámbito de la ley o regímenes especiales. En la nueva Ley N° 32069, se define explícitamente la estandarización de requerimientos y se incluyen dos instrumentos: ficha técnica (administrada por Perú Compras) y ficha de homologación (a cargo de los ministerios). La estandarización debe sustentarse en argumentos técnicos o económicos. Se establece obligatoriedad de uso para todas las entidades contratantes, con independencia del monto, e incluso en procesos que no estén bajo el ámbito de la ley o regímenes especiales, salvo excepciones previstas en el reglamento.
- Instrumentos y jerarquía normativa: En la antigua Ley N° 30225, solo existía la figura de la ficha de homologación en su artículo 17, y las fichas técnicas eran gestionadas eventualmente como parte de la categorización de bienes comunes. En la nueva Ley N° 32069, se separa claramente la función de Perú Compras (gestionar fichas técnicas) y de los ministerios (gestionar fichas de homologación). El Reglamento de la LGCP (D.S. N.º 009-2025-EF) especifica en detalle los artículos 259 a 266, regulando la gestión, obligatoriedad, publicación, exclusión y actualización de ambos tipos de fichas. Asimismo, la Directiva Nº 003-2025-PERÚ COMPRAS articula los procedimientos de homologación con anexos que incluyen formatos y plantillas específicas.
- Participación ciudadana y transparencia: En la antigua Ley N° 30225, si bien se contemplaban mecanismos de publicación de proyectos de fichas, la norma tenía menos énfasis en la institucionalización de mesas técnicas y difusión proactiva de información. En la nueva Ley N° 32069, se refuerza la transparencia al exigir la publicación simultánea del proyecto en PLADICOP, sede digital del ministerio y Perú Compras, la utilización de formatos referenciales para recepción de comentarios y la realización de Mesas Técnicas de Discusión Pública. Estas medidas fomentan la participación de actores interesados y garantizan la publicidad de los actos de homologación, alineándose con los principios generales de la contratación pública: publicidad, transparencia, concurrencia, eficiencia e integridad.
En síntesis, la Ley N.º 32069 refuerza y extiende las bases establecidas en la Ley N.º 30225, otorgando mayor claridad, alcance y obligatoriedad a los procesos de estandarización de requerimientos, privilegiando la transparencia, la participación ciudadana y la eficiencia en el uso de recursos públicos.
Conclusiones
De esta manera, la estandarización de requerimientos, materializada a través de fichas técnicas y fichas de homologación, cumple un papel fundamental para lograr contrataciones públicas eficientes, transparentes y priorizar criterios de valor por dinero. Al adoptar especificaciones uniformes y objetivas, se reducen los tiempos de elaboración de expedientes, se amplía la competencia entre proveedores y se mitigan riesgos de direccionamiento o prácticas indebidas.
Mientras la Ley Nº 30225 estableció los cimientos de la homologación, la Ley Nº 32069 perfecciona este mecanismo al separar roles de Perú Compras y ministerios, articular procedimientos de publicación, evaluación y emisión de opinión en plazos específicos, e incorporar un enfoque integral que abarca tanto fichas técnicas como de homologación. Finalmente, introduce criterios de sostenibilidad y amplía la participación de diversos actores en mesas técnicas, reforzando la transparencia y la legitimidad de los procesos.
La implementación satisfactoria de estos procesos exige fortalecer la capacidad técnica de los equipos de homologación, consolidar prácticas de coordinación intersectorial y asegurar una actualización periódica de las fichas para reflejar avances tecnológicos, cambios en el mercado y políticas de sostenibilidad ambiental y social. La incorporación de criterios de sostenibilidad en los planes multianuales de homologación (2025–2027) constituye un ejemplo de cómo la LGCP flexibiliza el proceso de estandarización para integrar variables emergentes, alineándose con estándares internacionales de compras públicas responsables.
En conclusión, la estandarización mediante fichas de homologación y fichas técnicas, tal como está regulada en la Ley Nº 32069 y su reglamento, representa un avance trascendental para las contrataciones públicas en el Perú. No solo promueve eficiencia, calidad y transparencia, sino que fortalece el control y la integridad del ciclo de contratación, contribuyendo al uso responsable de los recursos públicos y al cumplimiento de objetivos estratégicos en beneficio de la ciudadanía.








